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13 de abril de 2005
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Brecha de Uruguay - 8 de abril de 2005

Blanco y Bordaberry en la estacada

La impunidad cercada

Es cierto: la paternidad de la ley de caducidad, ese monumento a la impunidad urbe et orbi, es del Partido Nacional; pero el andamiaje de la complicidad que durante 20 años se edificó para que el ex presidente de la dictadura Juan María Bordaberry y su canciller, Juan Carlos Blanco, pudieran eludir su responsabilidad en crímenes de lesa humanidad corresponde al Partido Colorado.

Samuel Blixen
Y en especial a dos presidentes, Julio María Sanguinetti y Jorge Batlle, quienes no dudaron en utilizar –y estirar– los resortes del poder para proteger a sus correligionarios. Así queda confirmado después de la última “gauchada” de algunos ministros del anterior gobierno.
Precisamente porque fueron los blancos quienes impulsaron el proyecto de ley de caducidad en diciembre de 1986, el texto no ampara a civiles que pudieran verse involucrados en los delitos que se querían apañar; hubiera sido difícil argumentar que los civiles autorizaron a matar o desaparecer cumpliendo órdenes en actos de servicio. Los colorados no podían extender la impunidad hasta esos extremos sin encender las sospechas.
Había un talón de Aquiles: los asesinatos de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz eran la síntesis de aquella asociación criminal cívico-militar que utilizaba al Estado para desplegar el terror; era el episodio que más necesitaba de la cobertura de la ley, pero era, a la vez, el episodio más difícil de incorporar en la impunidad, el más sensible para la opinión pública, el más delicado por sus connotaciones políticas, el más escandaloso por sus móviles: impedir una apertura democrática.
El propio autor de la ley estipuló en el primer borrador un artículo que expresamente excluía los dos asesinatos de las bondades de la caducidad, pero una piadosa intervención del entonces senador Luis Alberto Lacalle justificó la eliminación de la referencia: no era necesario mencionarlo porque ¿quién se atrevería a afirmar que algún militar había ordenado los asesinatos?
¿Quién? Sanguinetti. Cuando un juez penal, que recibió los antecedentes de la investigación parlamentaria, preguntó si el caso Michelini-Gutiérrez Ruiz estaba comprendido en la ley de caducidad, Sanguinetti respondió que sí, en 1989.
Hasta ahora, los presidentes nunca se han sentido obligados a informar sobre las razones que los inducen a extender la impunidad a algunos asesinatos cometidos por militares y por ende a ordenar el archivo de la acción judicial, según la potestad que les confiere la ley. Sanguinetti tampoco lo hizo en marzo de 1989; hubiera sido interesante saber quién ordenó los asesinatos de Buenos Aires y qué razones incorporan tales crímenes en la “lucha contra la subversión”.
Pero cuando el juez Roberto Timbal (que dirige las investigaciones después de que las familias de los dos legisladores reclamaron la reactualización de la causa) lo interrogó al respecto, Sanguinetti adujo que consultó en su momento al Ministerio del Defensa y éste “entendió” que el caso estaba comprendido en la ley. De esa manera Sanguinetti confirmaba la participación de militares uruguayos en los asesinatos de mayo de 1976 pero eludía su propia responsabilidad porque había ordenado archivar el caso sin tener la evidencia de la legalidad, o al menos así lo sugería. De una manera u otra, en el expediente judicial el dos veces presidente quedaba en evidencia en su determinación de manipular desde su posición de poder para impedir que la investigación prosperara. Para la época en que había ordenado archivar el caso ya había intervenido para impedir que prosperara un pedido de extradición de tres oficiales y un policía, procesados por un juez argentino por varios delitos, entre ellos los secuestros de Michelini y Gutiérrez Ruiz. Un pedido similar, formulado en 2003 por otro juez, que involucraba a los mismos militares en el expediente sobre el Plan Cóndor, fue desestimado por el presidente Batlle con el auxilio de su canciller Didier Opertti.
Pero como casi simultáneamente el ex senador Alberto Zumarán confirmó ante el juez Timbal que en 1976 había recibido información de que el secuestro de los dos legisladores había sido aprobado en una sesión del Cosena (que integraban los comandantes de las tres armas, el presidente de la República y los ministros de Relaciones Exteriores y del Interior), el magistrado elevó, el 29 de octubre de 2002, a los ministerios de Defensa, del Interior, de Relaciones Exteriores y a la Presidencia de la República, un pedido para que entregaran a la justicia toda la documentación existente sobre Michelini y Gutiérrez Ruiz, y reclamó las actas del Cosena de las sesiones de mayo de 1976.
El magistrado debió reiterar el pedido el 18 de junio de 2003: el ministro del Interior, Guillermo Stirling, y el ministro de Defensa, Yamandú Fau, informaron que no existía documentación alguna en sus reparticiones, y el presidente Batlle dijo no haber encontrado ningún acta de sesiones del Cosena. El canciller Opertti, en cambio, envió a la Suprema Corte, para que llegara al juzgado de Timbal, un expediente sobre Michelini y Gutiérrez Ruiz. Cuando el juzgado recibió, desde Buenos Aires, el cúmulo de documentos que varias reparticiones oficiales argentinas (Migración, Ministerio del Interior, Policía Federal) habían recopilado sobre las comunicaciones uruguayas referidas a la situación de los dos legisladores, quedó en evidencia que la cancillería había omitido entregar a la justicia algunas hojas de aquel expediente, en particular algunos documentos especialmente comprometedores para el ex canciller Blanco, entre ellos el referido a la orden de cancelar los pasaportes de Michelini, Gutiérrez Ruiz y Wilson Ferreira Aldunate.
Tal cancelación había sido comunicada al gobierno argentino en 1975 y reiterada en 1976, después del golpe militar del 25 de marzo. El canciller Blanco estaba decidido a que los tres notorios exiliados uruguayos, que constituían la cabeza de la disidencia en el exilio, no pudieran abandonar Argentina, en momentos en que los militares de ese país desplegaban una sangrienta represión y el gobierno uruguayo se planteaba descabezar cualquier intento de apertura democrática.
Ese y otros documentos tramitados por Blanco (entre ellos un expediente entregado al ministro del Interior argentino, general Albano Harguindeguy con las supuestas pruebas de la filiación tupamara de Michelini y Gutiérrez Ruiz, un rótulo que, al parecer, legalizaba cualquier crimen) constituyen fuertes indicios de la responsabilidad de Bordaberry y Blanco en la conspiración que terminó en los asesinatos de Buenos Aires. Resulta sugestivo que al ministro Opertti se le hayan “traspapelado” tales documentos. La omisión es similar a aquella en que la cancillería “perdió” durante casi dos años el expediente del pedido de extradición de José Gavazzo, Manuel Cordero, Jorge Silveira y Hugo Campos Hermida; o aquella otra “pérdida”, la del expediente de la cancillería sobre la desaparición de Elena Quinteros, que permitió a una jueza “desentenderse” del asunto durante ocho años; cuando el expediente “apareció”, resultó inevitable que Blanco fuera procesado por complicidad en la desaparición y después por complicidad en asesinato. Alguien podrá preguntarse qué sentido tiene “perder” un documento cuya copia fue encontrada en un país vecino. La suspensión de las acciones contra Blanco en el caso de Elena Quinteros por la ausencia de una documentación cuya copia estaba en actas del Parlamento, explica que tales “accidentes” facilitan las chicanas judiciales para hacer que el tiempo corra y se consume la prescripción del delito.
Eso es a lo que apuestan Blanco y Bordaberry en los casos que se ventilan en los juzgados. Pero parece haber llegado el momento para que se apliquen las normas aceptadas por el Estado uruguayo en varias convenciones y tratados internacionales, según las cuales los delitos de lesa humanidad son inamnistiables e imprescriptibles. Tal criterio reclaman los abogados Hebe Martínez Burlé y Walter de León, representantes de las familias de los dos legisladores, que han recopilado toda la documentación existente, incluidos documentos desclasificados de la CIA, el FBI y el Departamento de Estado de Estados Unidos, y se aprestan a presentar una “ampliación de denuncia” planteando la comparecencia de los dos funcionarios de la dictadura pero ahora en carácter de “indagados” y a los efectos de que sean procesados como corresponsables de los asesinatos.
Las circunstancias han cambiado desde que el presidente Tabaré Vázquez, contradiciendo a sus antecesores, afirmó que los casos de Michelini-Gutiérrez Ruiz y de Claudia García de Gelman están fuera de la ley de caducidad. Aunque todavía la Presidencia no ha anulado las resoluciones respectivas de Sanguinetti y Batlle, la ampliación de denuncia no sólo trunca la impunidad de Bordaberry y Blanco sino que abre las puertas para el interrogatorio de oficiales. Si no se produce un éxodo masivo, del que fue un adelantado el coronel Cordero, es posible que se conozca, finalmente, la urdimbre secreta de militares y civiles en crímenes de lesa humanidad.
 
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