| Brecha
de Uruguay - 8 de abril de 2005
Blanco y
Bordaberry en la estacada
La impunidad
cercada
Es cierto: la paternidad de la
ley de caducidad, ese monumento a la impunidad urbe et orbi, es del Partido
Nacional; pero el andamiaje de la complicidad que durante 20 años
se edificó para que el ex presidente de la dictadura Juan María
Bordaberry y su canciller, Juan Carlos Blanco, pudieran eludir su responsabilidad
en crímenes de lesa humanidad corresponde al Partido Colorado.
Samuel
Blixen
Y en especial a dos presidentes, Julio
María Sanguinetti y Jorge Batlle, quienes no dudaron en utilizar
–y estirar– los resortes del poder para proteger a sus correligionarios.
Así queda confirmado después de la última “gauchada”
de algunos ministros del anterior gobierno.
Precisamente porque fueron los blancos
quienes impulsaron el proyecto de ley de caducidad en diciembre de 1986,
el texto no ampara a civiles que pudieran verse involucrados en los delitos
que se querían apañar; hubiera sido difícil argumentar
que los civiles autorizaron a matar o desaparecer cumpliendo órdenes
en actos de servicio. Los colorados no podían extender la impunidad
hasta esos extremos sin encender las sospechas.
Había un talón de
Aquiles: los asesinatos de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez
Ruiz eran la síntesis de aquella asociación criminal cívico-militar
que utilizaba al Estado para desplegar el terror; era el episodio que más
necesitaba de la cobertura de la ley, pero era, a la vez, el episodio más
difícil de incorporar en la impunidad, el más sensible para
la opinión pública, el más delicado por sus connotaciones
políticas, el más escandaloso por sus móviles: impedir
una apertura democrática.
El propio autor de la ley estipuló
en el primer borrador un artículo que expresamente excluía
los dos asesinatos de las bondades de la caducidad, pero una piadosa intervención
del entonces senador Luis Alberto Lacalle justificó la eliminación
de la referencia: no era necesario mencionarlo porque ¿quién
se atrevería a afirmar que algún militar había ordenado
los asesinatos?
¿Quién? Sanguinetti.
Cuando un juez penal, que recibió los antecedentes de la investigación
parlamentaria, preguntó si el caso Michelini-Gutiérrez Ruiz
estaba comprendido en la ley de caducidad, Sanguinetti respondió
que sí, en 1989.
Hasta ahora, los presidentes nunca
se han sentido obligados a informar sobre las razones que los inducen a
extender la impunidad a algunos asesinatos cometidos por militares y por
ende a ordenar el archivo de la acción judicial, según la
potestad que les confiere la ley. Sanguinetti tampoco lo hizo en marzo
de 1989; hubiera sido interesante saber quién ordenó los
asesinatos de Buenos Aires y qué razones incorporan tales crímenes
en la “lucha contra la subversión”.
Pero cuando el juez Roberto Timbal
(que dirige las investigaciones después de que las familias de los
dos legisladores reclamaron la reactualización de la causa) lo interrogó
al respecto, Sanguinetti adujo que consultó en su momento al Ministerio
del Defensa y éste “entendió” que el caso estaba comprendido
en la ley. De esa manera Sanguinetti confirmaba la participación
de militares uruguayos en los asesinatos de mayo de 1976 pero eludía
su propia responsabilidad porque había ordenado archivar el caso
sin tener la evidencia de la legalidad, o al menos así lo sugería.
De una manera u otra, en el expediente judicial el dos veces presidente
quedaba en evidencia en su determinación de manipular desde su posición
de poder para impedir que la investigación prosperara. Para la época
en que había ordenado archivar el caso ya había intervenido
para impedir que prosperara un pedido de extradición de tres oficiales
y un policía, procesados por un juez argentino por varios delitos,
entre ellos los secuestros de Michelini y Gutiérrez Ruiz. Un pedido
similar, formulado en 2003 por otro juez, que involucraba a los mismos
militares en el expediente sobre el Plan Cóndor, fue desestimado
por el presidente Batlle con el auxilio de su canciller Didier Opertti.
Pero como casi simultáneamente
el ex senador Alberto Zumarán confirmó ante el juez Timbal
que en 1976 había recibido información de que el secuestro
de los dos legisladores había sido aprobado en una sesión
del Cosena (que integraban los comandantes de las tres armas, el presidente
de la República y los ministros de Relaciones Exteriores y del Interior),
el magistrado elevó, el 29 de octubre de 2002, a los ministerios
de Defensa, del Interior, de Relaciones Exteriores y a la Presidencia de
la República, un pedido para que entregaran a la justicia toda la
documentación existente sobre Michelini y Gutiérrez Ruiz,
y reclamó las actas del Cosena de las sesiones de mayo de 1976.
El magistrado debió reiterar
el pedido el 18 de junio de 2003: el ministro del Interior, Guillermo Stirling,
y el ministro de Defensa, Yamandú Fau, informaron que no existía
documentación alguna en sus reparticiones, y el presidente Batlle
dijo no haber encontrado ningún acta de sesiones del Cosena. El
canciller Opertti, en cambio, envió a la Suprema Corte, para que
llegara al juzgado de Timbal, un expediente sobre Michelini y Gutiérrez
Ruiz. Cuando el juzgado recibió, desde Buenos Aires, el cúmulo
de documentos que varias reparticiones oficiales argentinas (Migración,
Ministerio del Interior, Policía Federal) habían recopilado
sobre las comunicaciones uruguayas referidas a la situación de los
dos legisladores, quedó en evidencia que la cancillería había
omitido entregar a la justicia algunas hojas de aquel expediente, en particular
algunos documentos especialmente comprometedores para el ex canciller Blanco,
entre ellos el referido a la orden de cancelar los pasaportes de Michelini,
Gutiérrez Ruiz y Wilson Ferreira Aldunate.
Tal cancelación había
sido comunicada al gobierno argentino en 1975 y reiterada en 1976, después
del golpe militar del 25 de marzo. El canciller Blanco estaba decidido
a que los tres notorios exiliados uruguayos, que constituían la
cabeza de la disidencia en el exilio, no pudieran abandonar Argentina,
en momentos en que los militares de ese país desplegaban una sangrienta
represión y el gobierno uruguayo se planteaba descabezar cualquier
intento de apertura democrática.
Ese y otros documentos tramitados
por Blanco (entre ellos un expediente entregado al ministro del Interior
argentino, general Albano Harguindeguy con las supuestas pruebas de la
filiación tupamara de Michelini y Gutiérrez Ruiz, un rótulo
que, al parecer, legalizaba cualquier crimen) constituyen fuertes indicios
de la responsabilidad de Bordaberry y Blanco en la conspiración
que terminó en los asesinatos de Buenos Aires. Resulta sugestivo
que al ministro Opertti se le hayan “traspapelado” tales documentos. La
omisión es similar a aquella en que la cancillería “perdió”
durante casi dos años el expediente del pedido de extradición
de José Gavazzo, Manuel Cordero, Jorge Silveira y Hugo Campos Hermida;
o aquella otra “pérdida”, la del expediente de la cancillería
sobre la desaparición de Elena Quinteros, que permitió a
una jueza “desentenderse” del asunto durante ocho años; cuando el
expediente “apareció”, resultó inevitable que Blanco fuera
procesado por complicidad en la desaparición y después por
complicidad en asesinato. Alguien podrá preguntarse qué sentido
tiene “perder” un documento cuya copia fue encontrada en un país
vecino. La suspensión de las acciones contra Blanco en el caso de
Elena Quinteros por la ausencia de una documentación cuya copia
estaba en actas del Parlamento, explica que tales “accidentes” facilitan
las chicanas judiciales para hacer que el tiempo corra y se consume la
prescripción del delito.
Eso es a lo que apuestan Blanco
y Bordaberry en los casos que se ventilan en los juzgados. Pero parece
haber llegado el momento para que se apliquen las normas aceptadas por
el Estado uruguayo en varias convenciones y tratados internacionales, según
las cuales los delitos de lesa humanidad son inamnistiables e imprescriptibles.
Tal criterio reclaman los abogados Hebe Martínez Burlé y
Walter de León, representantes de las familias de los dos legisladores,
que han recopilado toda la documentación existente, incluidos documentos
desclasificados de la CIA, el FBI y el Departamento de Estado de Estados
Unidos, y se aprestan a presentar una “ampliación de denuncia” planteando
la comparecencia de los dos funcionarios de la dictadura pero ahora en
carácter de “indagados” y a los efectos de que sean procesados como
corresponsables de los asesinatos.
Las circunstancias han cambiado
desde que el presidente Tabaré Vázquez, contradiciendo a
sus antecesores, afirmó que los casos de Michelini-Gutiérrez
Ruiz y de Claudia García de Gelman están fuera de la ley
de caducidad. Aunque todavía la Presidencia no ha anulado las resoluciones
respectivas de Sanguinetti y Batlle, la ampliación de denuncia no
sólo trunca la impunidad de Bordaberry y Blanco sino que abre las
puertas para el interrogatorio de oficiales. Si no se produce un éxodo
masivo, del que fue un adelantado el coronel Cordero, es posible que se
conozca, finalmente, la urdimbre secreta de militares y civiles en crímenes
de lesa humanidad. |