Supongamos que las papeleras que se construyen en Fray Bentos
comienzan a funcionar. Pasa el tiempo, un día ocurre un problema de
contaminación. Los vecinos de Fray Bentos protestan. Y sus acciones –cortes de
ruta que bloquean la entrada de camiones a las plantas, por ejemplo– perjudican
a las empresas. La situación es nada más que una conjetura, pero ya está
prevista y sus consecuencias, férreamente pautadas: el Estado uruguayo se verá
obligado a indemnizar a las plantas de celulosa por sus pérdidas, aunque sean
culpables de afectar el ambiente. Así lo establece el Acuerdo de Protección de
Inversiones que Uruguay firmó con Finlandia, en cuyo artículo 6 se lee, sin
maquillaje: “Los inversores que sufran pérdidas” por “revueltas, insurrecciones
o manifestaciones” serán indemnizados “en efectivo, en moneda de libre
conversión e inmediatamente transferible”, con una cifra que se calculará según
el criterio “que resulte más favorable” a los dueños de las
empresas.
Botnia, la compañía finlandesa que levanta del otro lado del río la
megaplanta de procesamiento de pulpa de madera, impuso el acuerdo entre los dos
países como condición para instalarse en territorio uruguayo.
Fue en el año 2002, durante la presidencia de Jorge Batlle, antes de que la
empresa iniciara las obras de construcción. Es una paradoja que la imposición
fuera conocida por la actitud del Frente Amplio, que se opuso a su firma. La
coalición que poco tiempo después llevaría al gobierno a Tabaré Vázquez
argumentó entonces, con razones ahora borradas de su discurso, sobre los riesgos
de este instrumento legal que dejó a los uruguayos en una posición muy débil
para intervenir en lo que las papeleras hagan en su territorio.
El acuerdo fue suscrito el 21 de marzo de 2002, en Montevideo, entre el Poder
Ejecutivo de Uruguay y el de Finlandia. El Senado lo aprobó el 15 de octubre
siguiente y la Cámara de Representantes, el 4 de mayo de 2004. Votaron a favor
las bancadas del Partido Nacional, el Colorado y el Independiente. Se opusieron
todos los legisladores de Encuentro Progresista-Frente Amplio. El debate quedó
asentado en versión taquigráfica.
En las formas, es un convenio para la protección de las inversiones de cada
país en el otro, en un tono de reciprocidad. Pero su aprobación fue una
exigencia de Botnia. En la discusión del Parlamento nadie lo negó. Al contrario.
El diputado Pablo Mieres (Independiente) fundamentó así su postura: “He votado
afirmativamente porque parece imprescindible que se proceda con la mayor
urgencia para la aprobación de esta inversión. ¡Como si Uruguay viviera en un
mundo lleno de inversiones! Acá pasamos meses tratando de aprobar este acuerdo
que, como todos sabemos, es el marco necesario para una inversión de mil
millones de dólares. Lamentamos que no haya sido por unanimidad. Pero bueno,
aunque sea con una mayoría ajustada, está la ley y, por lo tanto, estarán las
inversiones” (Actas de la Sesión de la Cámara de Representantes del
04-05-04).
Su par Naum Bergstein (batllista) completó el concepto: “En el mundo entero
hoy las grandes empresas privadas no hacen inversiones importantes fuera de
fronteras si no median previamente estos acuerdos de protección recíproca”,
dijo.
Dolores de cabeza
Los artículos más cuestionados del Acuerdo Uruguay-Finlandia fueron el 5, 6 y
9. Ellos norman:
- Que las inversiones no podrán sufrir expropiaciones directas ni indirectas
(la figura de “expropiación indirecta” es una novedad).
- Que el Estado deberá indemnizar las pérdidas por manifestaciones o
revueltas.
- Que en caso de controversia, las empresas podrán saltearse los juzgados
nacionales y llevar el tema a tribunales internacionales, según les parezca. La
oposición al Acuerdo fue encabezada por el Frente Amplio. La diputada Raquel
Barreiro, según consta en la versión taquigráfica, sintetizó así su rechazo:
“Estamos de acuerdo con las inversiones, pero no con cualquier inversión. Las
inversiones deben tener en cuenta el cuidado del medio ambiente, el cuidado de
la vida digna de los ciudadanos y, en lo posible, el futuro de la vida de
nuestros hijos, porque el cuidado del medio ambiente implica dejar un mundo sano
y saludable para ellos”.
La legisladora cuestionó que se otorgara a las empresas la facultad de
elegir, en caso de diferendos, al tribunal arbitral. “Nosotros siempre nos hemos
opuesto a esto, porque el inversor se coloca en un plano superior al del Estado
y elige los tribunales (privados) que más le convengan. Se elude la jurisdicción
de los tribunales nacionales, con lo que la soberanía descansa muy
maltrecha”.
Su compañera de bancada Silvana Charlone se refirió a la expropiación
indirecta: “Me gustaría saber (a qué se refiere el convenio) cuando habla de
expropiaciones indirectas –cosa que no ha aparecido en otros tratados–. Nosotros
pensamos que vamos a ser gobierno y no sé si nuestra futura reforma tributaria
puede ser entendida como una expropiación indirecta de la cual más tarde nos
vamos a tener que responsabilizar”.
Aquella sesión de aprobación de la ley se hizo cinco meses antes del cambio
de gobierno, luego de varios intentos fallidos de sancionarla, cuando los votos
del Frente Amplio en el Parlamento estaban en minoría. Tras convertir el acuerdo
en ley, el diputado Ricardo Castromán, del Partido Socialista, hizo una lectura
a futuro: “Creo que esto le va a traer muchos dolores de cabeza al Estado
uruguayo, cualquiera sea la conducción política que a partir de octubre tome los
destinos del país”, dijo a Radio El Espectador. El acuerdo “no da muchas
salvaguardas: les da todas las salvaguardas”.
“Enclaves extranjeros”
Los especialistas consultados por Página/12 coinciden en que el punto más
perjudicial es el que permite a las empresas saltearse la Justicia uruguaya, por
la desprotección que eso implica para los ciudadanos. Si una controversia entre
las partes no es resuelta de manera amistosa en el término de seis meses, dice
el Acuerdo, “la misma, a criterio del inversor”, podrá ser llevada a un tribunal
arbitral internacional. El texto pone como opciones la Corte Internacional del
Centro para la Solución de Controversias (Icsid) y un cuerpo ad hoc que tome las
normas de Naciones Unidas.
También es visto con preocupación el concepto de expropiación indebida. Y un
párrafo que establece que “cada Parte Contratante no impedirá, con medidas
injustas, o arbitrarias o discriminatorias, la administración de las
inversiones”.
¿Qué pasaría en el caso de que el gobierno de Tabaré quisiera, a pedido de la
Argentina, modificar el funcionamiento de las plantas papeleras? ¿Podría el
convenio impedir la suspensión de las obras por 90 días, como intenta acordar
Buenos Aires con Montevideo? No está tan claro. “Pero en principio –señalaron
los consultados–, cualquier cambio en las condiciones en las que se pautó
inicialmente la inversión puede hacer que las firmas se consideren con derecho a
reclamar.”
El Acuerdo fue denunciado por el fiscal uruguayo Enrique Viana en su demanda
contra el Ministerio de Vivienda por haber autorizado la instalación de las
fábricas. El fiscal apuntó allí un dato agravante: Botnia y Ence tendrán dos
zonas francas. “Se constituyen así verdaderos enclaves extranjeros privados:
áreas cercadas y aisladas eficientemente”.
Sería un error mirar este acuerdo como algo excepcional, inédito. Porque
aunque algunos de sus artículos, como el que anticipa una indemnización si hay
manifestaciones, son realmente notables, el convenio debe ser puesto en un
contexto más amplio: el de los avances del poder de las empresas transnacionales
sobre los países periféricos. Firmados a partir de ladécada del ’90, no sólo
Uruguay si no también la Argentina tiene convenios de este estilo. Son una de
las nuevas formas de dependencia económica, que subordina las leyes locales e
incluso los instrumentos básicos del derecho internacional. En Argentina, en
base a un Tratado con Estados Unidos, Azurix busca cobrar 550 millones de
dólares por un intento fallido de implementar un sistema privatizado de agua en
la provincia de Buenos Aires. En Bolivia, tras la guerra del agua, Bechtel Agua
del Tunari denunció al gobierno por el Tratado Países Bajos-Bolivia.
El acuerdo Finlandia-Uruguay es un corsé que limita (por un período de 20
años) las posibilidades de acción del gobierno de Tabaré Vázquez para solucionar
el conflicto abierto por las papeleras. Tiene un extenso período de vigencia, de
20 años. Nos guste o no de este lado del río, estará como trasfondo de todas las
negociaciones entre Uruguay y Argentina.