Alberto Piris - rodelu.net |
20 de noviembre de 2007
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Ejecuciones “humanitarias”
Ciertas resoluciones del Tribunal Supremo de EEUU
han venido a remover uno de los más sólidos pilares sobre los que descansa
parte de la cultura del gran país norteamericano: la pena de muerte. No es
que ésta corra el riesgo de ser abolida en toda la Unión; no tema el
lector sanguinario ni se alegre el compasivo. Lo que sucede es que algunos
pormenores de su aplicación han permitido descubrir ciertos resquicios
legales que abren nuevos espacios a la polémica, nunca del todo
silenciada, sostenida por los que allí todavía aspiran a suprimir
definitivamente la pena capital.
Alberto
Piris General de Artillería en la Reserva
Hace dos semanas, el citado tribunal ordenó detener la
ejecución de un condenado que llevaba diecinueve años esperándola y que
estaba ya a punto de sufrir tan irreversible correctivo. Pero para
entender lo que está sucediendo debe saberse que la pena de muerte se
ejecuta hoy predominantemente (en 37 de los 38 Estados de la Unión que aún
la aplican) mediante la técnica de la inyección letal.
Se empezó a utilizar este procedimiento en 1977, en
sustitución de la muy común electrocución mediante la llamada “silla
eléctrica”. También vino a reemplazar a otros dos sistemas harto populares
entonces: la horca y la cámara de gas. La razón aducida fue que la
inyección era un procedimiento “más humano” que los otros.
La inyección letal consta, en realidad, de tres
inyecciones sucesivas, según se explica con detalle en los
correspondientes textos legales. Primero se inyecta al reo una sustancia
adormecedora; a continuación, un compuesto paralizante; y, por último, un
producto que detiene el funcionamiento cardíaco.
A principios del 2006 surgió el primer molesto
contratiempo que encendió las luces de alarma en los fervorosos
partidarios de la pena de muerte. Comenzada la ejecución de un condenado,
que había recibido ya la primera inyección, llegó la muy cinematográfica
llamada telefónica urgente que ordenaba detener inmediatamente el proceso.
No era que la sentencia quedase revocada de modo definitivo, sino que se
exigía añadir un paso más a su habitual desarrollo: el Tribunal Supremo
dictaminaba que el reo tenía derecho a alegar ante un tribunal que el
método de ejecución adoptado podía producirle un “dolor excesivo” y, por
eso, podía ser cruel y anticonstitucional.
Incluso su abogado declaró que el condenado no discutía
la pena que le había sido impuesta por asesinar a un policía en 1982, sino
el molesto padecimiento que aquélla podía infligirle. El Estado de
Florida, añadía el abogado, podría ejecutarle cuando lo desease, pero
usando otro procedimiento “más humanitario”. La causa aducida —sobre la
que tendrá que pronunciarse definitivamente el Tribunal Supremo en el
2008— es que la triple inyección tiene el inconveniente de que, tras
aplicar la segunda dosis, no puede saberse con certeza cuál es el grado de
sufrimiento del ejecutado en la tercera y definitiva fase de la operación.
Pero la pena de muerte tendrá todavía larga vida en EEUU,
valga la paradoja. Por una parte, todos los Estados conservan métodos de
ejecución suplementarios, a los que recurrirían si la inyección letal se
declarase anticonstitucional. Por otro lado, los que temen que tantas
trabas legales pudieran dar al traste con el habitual y tranquilizador
ritmo de las ejecuciones ya están ideando nuevos modos que cumplan las
exigencias legales. Uno de ellos es la asfixia mediante nitrógeno, que
produce, según se dice, efectos parecidos a los del monóxido de carbono,
generado por las estufas mal encendidas o por el escape de los
automóviles. Añado, de mi propia cosecha, que a la muerte por congelación
se le llama “muerte dulce” y quizá conviniera sugerirla también a las
instancias adecuadas, por si tuviesen a bien considerarla.
En esta deprimente historia, lamentablemente real, uno no
puede sino recordar la estrofa final de una conocida canción de Javier
Krahe:
“Sacudir con corriente alterna reconozco que no está
mal: la silla eléctrica es moderna, americana, funcional. Y
sé que iba de maravilla nuestro castizo garrote vil para
ajustarle la golilla al pescuezo más incivil. Pero dejadme, ay,
que yo prefiera la hoguera, la hoguera, la hoguera. La hoguera
tiene... qué sé yo que sólo lo tiene la hoguera”.
Es de temer que la deslumbrante —y acogedoramente cálida—
sugerencia del cantautor no va a ser de fácil aplicación en un mundo donde
se sabe ya que la libre combustión de la madera contribuye a aumentar el
temible efecto invernadero. Sólo nos queda desear que alguna vez no haya
que escribir más sobre la pena de muerte, y ésta quede tan arrumbada en
los desvanes de la Historia como lo fueron los sacrificios humanos a los
exigentes dioses del pasado.
Publicado en Estrella
Digital de España el 20 de noviembre de 2007
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