Ignacio Ramonet - rodelu.net |
6 de mayo de 2007
|
Le
Monde Diplomatique en español - Mayo de 2007
Elección decisiva
Es un final de ciclo, un verdadero cambio de era el que
anuncia esta elección presidencial. Dadas las apuestas que conciernen a su
futuro, toda Europa sigue atentamente las rivalidades electorales en
curso. Obligadamente nueva, ¿logrará la personalidad que se imponga en
mayo restablecer la confianza, apaciguar las tensiones entre las
comunidades, y relanzar el debate con la Unión Europea?
Ignacio
Ramonet
Por supuesto, estamos hablando de Turquía, que en medio de violentas
manifestaciones y enfrentamientos elige a comienzos de mayo, para siete
años, a su nuevo presidente, quien asumirá sus funciones el 16 de este mes
en curso.
Predominantemente honoríficas, las funciones del presidente turco
-actualmente Ahmet Necdet Sezer- le otorgan el poder de designar a los
jueces, a los rectores de las universidades, a sus jefes del Estado Mayor
de los ejércitos, y de disolver el Parlamento. No es elegido por sufragio
universal sino por los diputados. Ahora bien, el Parlamento está dominado,
por 354 escaños de 550, por el Partido de la Justicia y el Desarrollo
(AKP) del primer ministro Recep Tayyip Erdogan, de 53 años, a la cabeza
del Gobierno desde hace cuatro años, y muy popular debido a la buena
situación económica (1). De modo que naturalmente debiera ser elegido el
candidato del AKP, el ministro de Asuntos Exteriores Abdulá Gül.
¿Dónde está el problema? Mientras que el AKP se define como un partido
conservador y demócrata, apegado a la Constitución laica de 1922 puesta en
vigor por Mustafa Kemal Atatürk, fundador de la Turquía moderna, sus
opositores lo consideran ante todo como "islámico", y temen que un
presidente surgido del islam político signifique un retroceso del
laicismo. El pasado 14 de abril, en Ankara, una de las manifestaciones más
grandes que se hayan producido en Turquía reunió a varios cientos de miles
de personas que se oponían a una eventual candidatura del primer ministro.
El ejército, cuya sombra no deja de planear sobre la campaña electoral,
multiplicó las advertencias y acusó al AKP de tener una agenda islámica
oculta. Cosa que Erdogan desmintió. En realidad, se pasa una página.
Los militares perciben acertadamente que llega la hora del final de la
tutela que ejercen sobre el país. No por eso dejan de ejercer una
extorsión nacionalista fundándose a menudo en el artículo 301 del Código
penal turco (2), especialmente desde que en agosto de 2006 el general
Yasar Buyukanit asumió la dirección del ejército.
Los militares endurecieron el tono frente a las "amenazas regionales".
Piensan en Al Qaeda y sus redes terroristas, en Irán y su proyecto
nuclear. Pero sobre todo en el "peligro separatista". Acusan a las
autoridades del Kurdistán iraquí de proporcionar apoyo logístico a unos
cinco mil combatientes del Partido de los Trabajadores del Kurdistán
(PKK), que han reanudado la guerrilla en las zonas fronterizas con Irak. Y
se oponen a la anexión de la ciudad de Kirkuk (Irak), con ricos
yacimientos petrolíferos, al Kurdistán iraquí con el pretexto de la
existencia en esa ciudad de una minoría turkmena.
Esta escalada chauvinista ha favorecido el regreso de los viejos
demonios, y no es ajena al asesinato en el pasado mes de enero del
periodista turco-armenio Hrank Dink, ni al exilio del escritor Orhan
Pamuk, flamante Premio Nobel de literatura.
La Unión Europea es en parte responsable de esta degradación política,
por haber postergado para las calendas griegas una eventual adhesión de
Turquía. La derecha laica y los militares nacionalistas que controlan el
país desde hace ocho décadas son ahora ferozmente antieuropeos. Como si
sintieran que una adhesión a Europa los llevaría a perder sus
prerrogativas y privilegios.
La presidencia de la República es uno de sus últimos bastiones. Es hora
de aceptar la alternancia. Es el precio de una verdadera democratización
de Turquía.
Notas: (1) The Wall Street Journal
, 18 de abril de 2007. (2) El artículo 301 relativo a la
denigración de la identidad turca, de la República, y de los fundamentos e
instituciones del Estado, fue introducido en el marco de las reformas
legislativas del 1 de junio de 2005, reemplazando al artículo 159 del
antiguo código penal. Permite enjuiciar a defensores de derechos humanos,
a periodistas y otros miembros de la sociedad civil que manifiesten
pacíficamente una opinión disidente.
|